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APRENDIENDO DEL PASADO 3: Transparencia y destrato en el uso de los dineros públicos.

Por Arquitecto Carlos Sanabra (www.candelariopatagonia.com)

Está claro que vivir en una ciudad impone a sus habitantes (de aquí viene la palabra IMPUESTO) contribuir al sostenimiento de la organización que la administra (El Municipio).

Mediante ordenanzas desde el Municipio se establecen las reglas de funcionamiento de la ciudad y se brindan determinados servicios públicos (barrido y limpieza de cunetas, mantenimiento de calles, pluviales, espacios verdes, recolección de residuos, disposición final de residuos –GIRSU- etc.) los cuales son pagados mediante TASAS MUNICIPALES por los vecinos que reciben dicho servicio.

En síntesis podemos afirmar que los IMPUESTOS cubren los costos de la estructura municipal (Sueldos y Gastos de Funcionamiento) y las TASAS los servicios públicos que brinda. ¿Cuál es la medida razonable de los IMPUESTOS? Aquella que sostiene una organización municipal razonable. Obviamente, si la planta de personal crece y se duplica, crecen sus costos y sus gastos de funcionamiento… y por lo tanto crecerá al doble el IMPUESTO al vecino para sostenerla.

¿Cuánto es una medida razonable de planta de personal municipal? Los especialistas dicen que entre el 0,8 y el 1 % de la población. Si Madryn tiene aproximadamente 120.000 habitantes, la planta municipal debería ubicarse entre 960 y 1200 empleados. ¿Sabe Usted cuantos sueldos paga el Municipio? Yo no lo sé exactamente, pero se dice que estamos duplicando o triplicando esa medida.

En consecuencia, también el vecino está duplicando o triplicando su contribución sobre la medida razonable. Y obviamente también se duplican los gastos de funcionamiento, mucho más si sus procedimientos administrativos son burocráticos e ineficientes.

¿Cuál debe ser el valor de cualquier tasa municipal? Tiene que corresponderse con el costo real del servicio prestado –ni más ni menos- repartido proporcionalmente por los vecinos que reciben el servicio. Y ello debería estar reflejado en un análisis de costo a disposición del vecino, que lamentablemente brilla por su ausencia.

Por otra parte, el servicio prestado deber estar claramente definido a riesgo de transformarse en una simple excusa recaudatoria. Por ejemplo: ¿Cuál es el servicio prestado que justifique el cobro de los derechos de construcción, los números domiciliarios, los libre deudas, y tantos otros cobros generados desde la burocracia irracional?.

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Esto significa que las decisiones que toma el funcionario de turno no pueden ser caprichosas. Como cualquier administrador tiene la obligación de rendir cuentas de sus decisiones a los legítimos dueños de la ciudad, es decir a los vecinos contribuyentes. La transparencia en la función pública se define como la obligación de las instituciones gubernamentales de hacer pública la información sobre sus actividades, decisiones, y el uso de recursos públicos, de manera accesible y comprensible para la ciudadanía.

Es sano y de buena administración permitir y facilitar que el vecino ejerza su derecho de vigilar que la estructura administrativa no resulte sobredimensionada y que el personal municipal sea el más capacitado en cada puesto de trabajo; que los servicios públicos que recibe del municipio y de Servicoop resulten de la más elevada calidad y a un precio razonable; que la obra pública se ejecute sin sobrecostos y con la mayor profesionalidad. Porque en definitiva… los dineros públicos son del contribuyente y no del funcionario de turno.

Sin embargo a diario los vecinos contribuyentes asistimos a un destrato tan inconcebible como ilegal: ¿Cómo es que no se explica con claridad y transparencia cómo se usa el dinero público?

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